Desde el 28 de Abril de 2010, entra en vigor la nueva Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo que transpone la Tercera Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo, desarrollada por la Directiva 2006/70/CE de la Comisión.
Banco de Valencia, como sujeto obligado, cumple con la normativa vigente y para lograr este objetivo está dotada de la Unidad de Prevención de Blanqueo de Capitales, responsable de establecer las políticas de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, llevando a término programas de formación entre nuestros empleados, medidas preventivas de control y examen de las operaciones, así como en el cumplimiento del deber de confidencialidad y de identificación de los nuevos clientes.
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